Preguntas Frecuentes

1. ¿Cómo está regulada el agua en Chile?

El agua es un bien nacional de uso público, no obstante, su uso y goce se pueden otorgar a un particular mediante una concesión, así nacen los derechos de aprovechamiento de aguas.


2. ¿Qué es un derecho de aguas?


El derecho de aprovechamiento de aguas es un derecho real, que consiste en una concesión que entrega el Estado, a través de la DGA, a un particular (persona natural o jurídica) para usar y gozar de un determinado caudal de agua, extraído desde la fuente superficial o subterránea. Estos derechos tienen una duración de treinta años, y se conceden de acuerdo con determinados criterios que regula el código de aguas, uno de los cuales es la disponibilidad del recurso en la fuente superficial o en el acuífero.


3. ¿Cuál es la función de la Dirección General de Aguas o DGA?

Entre las principales funciones de la Dirección General de Aguas, se cuentan la de constituir nuevos derechos de aprovechamiento de aguas; realizar la planificación hidrológica en fuentes naturales; ejercer la vigilancia de las aguas en cauces naturales y acuíferos e impedir que se extraiga agua sin contar con un título, o que se extraiga una mayor cantidad de agua de la que corresponda al título.


4. ¿Qué es un APR o Servicio Sanitario Rural?

Actualmente la ley 20.998 regula los Servicios Sanitarios Rurales, esta ley los define como una organización comunitaria funcional, constituida y organizada conforme a las leyes respectivas, sobre Juntas de Vecinos y demás organizaciones comunitarias, a la que se le otorgue una licencia de servicio sanitario rural. No obstante, desde 1964 y hasta antes de la vigencia de la ley 20.998 funcionó el Programa de Agua Potable Rural del Ministerio de Obras Públicas.